En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2026-04-23 10:30:00-04 | AU004AW2153658 | Sujeto Pasivo | Nicole Gómez | Detalles de oficio privado. La consultora consulta sobre autorización como empresa auditora de comprobación. Solicitud rechazada debido a no contar con requisito de firma por tercero acreditando su experiencia. Se le indica vuelva a ingresar documentos para su evaluación. |
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| Sujeto Pasivo | Nicolás Mena | |||||
| 2026-04-09 10:30:00-04 | AU004AW2127519 | Sujeto Pasivo | Felipe Campos | Se consulta sobre las observaciones realizadas por esta Superintendencia para algunos informes de auditorías de certificación. Además de la disposición que tienen como empresa en trabajar en conjunto en las mejoras en los procedimientos que puedan derivar. Se les comunica el trabajo de recopilación de hallazgos y la futura estandarización de documentos propios de fiscalización. Se coordinará una reunión para dar cuenta del trabajo antes señalado. |
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| 2026-04-07 10:30:00-04 | AU004AW2114209 | Sujeto Pasivo | Juan Antonio Sánchez Beiza | Dado el oficio ordinario N3203482026 enviado por la SEC a Anglo American Sur se necesitan aclarar puntos de este oficio y dudas referente a la auditoria de comprobación solicitada por la SEC. RESP.: La empresa solicita una revisión previa de los antecedentes que responden a las observaciones oficiadas por la Superintendencia, a lo cual, se les informa que la solicitud de auditoría de comprobación es única, y, validad por razones fundadas. La empresa solicita extensión de plazo, para lo cual, se entregan 20 días hábiles (se formalizará a través de carta que ingresa la propia empresa). Esta Superintendencia queda a la espera de solicitud, por parte de la empresa, para coordinar reunión junto a empresa auditora de comprobación. |
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| Sujeto Pasivo | Claudio Camacho Johnson | |||||
| Sujeto Pasivo | Lorena Acuña | |||||
| Sujeto Pasivo | Shirley Alfaro | |||||
| Sujeto Pasivo | José Yáñez | |||||
| Sujeto Pasivo | Vanessa Vargas | |||||
| 2026-03-19 11:00:00-03 | AU004AW2107141 | Sujeto Pasivo | Felipe Godoy | Buenas tardes Mi nombre es Felipe Godoy de Fraunhofer Chile. Solicito esta audiencia para saber si existe alguna normativa o legislación que regule los sistemas de concentración solar o plantas termosolares para la producción de vapor de agua. Nosotros instalamos una planta experimental en Planta Laguna Caren y estamos en la fase de comisionamiento y antes de inaugurarla deseamos saber si existe alguna regulación que debamos cumplir así como existe por ejemplo para las calderas. Este vapor que producirá la planta no es para la generación de energía eléctrica sino que está pensada para diversos fines o aplicaciones por ejemplo para procesos industriales que necesitan vapor. Esta planta termosolar funciona con agua desmineralizada producida a partir de una planta de tratamiento de agua de osmosis inversa OI de dos pasos. La energización eléctrica de la planta piloto termosolar y de la planta de OI proviene de un campo fotovoltaico off grid de 30 kWp el cual ya cuenta con su TE01. Sólo para contextualizar nos reunimos previamente con Enzo y nos recomendó que solicitásemos una reunión vía ley Lobby con usted. De antemano muchas gracias. Saludos cordiales. Felipe. EN RESPUESTA: El Sr. Felipe Godoy expone sobre instalación de concentración solar para producción de vapor, y consulta sobre la existencia de normativa que aplique al circuito solar térmico, y, que se relacione con fiscalizaciones directas SEC. Hoy no hay una normativa que aplique para dichos sistemas, sin embargo, si debe aplicar TE01 (realizado) y comunicarse con otros servicios para registrar calderas u otros elementos (si aplica). |
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