Identificador |
AE001AW2043664 |
Fecha |
2026-01-28 15:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
ID de la reunión meet.google.com/jpr-fzvq-oon |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Braulio Santibáñez | Gestor de intereses | FEBOS AMI SPA | FEBOS AMI SPA |
| Ana Maria Vidal | Gestor de intereses | FEBOS AMI SPA | FEBOS AMI SPA |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Presentar plataforma de gestión documental para apoyar el proceso de adopción e implementación de la Ley de Transformación Digital del Estado, según la Ley 21180<br /> Consultas adicionales por FirmaGob y DocDigital<br /> <br /> TEMAS ABORDADOS: <br /> Como primer punto, el Director hizo presente la existencia de la licitación sobre gestor documental que se encuentra en tramitación, por lo cual señala que si la empresa se encuentra participando de aquella era imposible llevar a cabo la audiencia. Frente a lo cual, la empresa aseguró no estar participando en ningún proceso de licitación con la SGD. De todos modos, por resguardo no se abordó tema alguno sobre DocDigital.<br /> Se consultó sobre como canalizar dudas relativas a FirmaGob. Se les explicó el proceso de ticket institucionales existente.<br /> Se expuso la situación en la cual Municipalidades les han señalado que deben ocupar el dominio Gob.cl. Se les informó la existencia del Decreto N°1 2015 que instaura dicha exigencia.<br /> Sobre FirmaGob, se planteó la idea de replicar el sistema de SII sobre acreditación de empresas privadas que cumplan con cierto estándar, para una integración más fácil. Se les indicó que es interesante la idea, pero no está dentro de los proyectos actuales.<br /> Se consultó sobre la certificación de las firmas electrónicas avanzadas en Corporaciones Municipales. Se les mencionó la exigencia legal del artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.799 relativa a que la certificación la debe realizar el ministro de fe de la institución, o un funcionario de planta designado para tal efecto. Situación que no ocurre en las Corporaciones Municipales. |