En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2025-06-25 16:30:00-04 | AH013AW1867634 | Sujeto Pasivo | Luis Bofill | Los requirentes informan a la Superintendencia sobre demanda de liquidación forzosa cuya tramitación se ha extendido por 9 meses aproximadamente y hacen presente que el deudor solicitó el inicio de un procedimiento de reorganización ante un tribunal distinto, al momento de que el tribunal de la causa de liquidación dictó autos para fallo. Informan que a su juicio dicha solicitud o procedimiento sería improcedente debido a que hay radicada una causa de liquidación, también agregan que el Tribunal Constitucional habría suspendido el proceso de demanda forzosa. La Superintendencia indica que la única posibilidad de exponer sobre la situación jurídica descrita por los requirentes, es a través de un informe que pueda requerir el tribunal en virtud del numeral 8 del artículo 337 de la Ley N.° 20.720 que indica que uno de los deberes del Servicio es informar a los tribunales de justicia cuando sea requerida por éstos. Se hace presente que los requirentes no aluden a rol de causa ni al nombre de la deudora demandada de liquidación forzosa. Se pone término a la audiencia. |
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Sujeto Pasivo | Gonzalo Barceló | |||||
Sujeto Pasivo | Nicole Gortari | |||||
2025-05-27 10:00:00-04 | AH013AW1831898 | Sujeto Pasivo | Daniela Camus | Los solicitantes efectuaron consultas sobre la aplicación de las disposiciones contenidas en la Norma de Carácter General N.° 20 que regula el informe sobre el estado de cumplimiento del acuerdo de reorganización judicial exigido por el artículo 69 de la Ley 20.720. Asimismo, expusieron situaciones de falta de interposición de acciones de incumplimiento por parte de los acreedores cuando opera alguna causal para ello y las implicancias prácticas que ello trae aparejado. Los representantes de la Superintendencia evacuan las consultas jurídicas y financiero contables. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Lizette León | |||||
Sujeto Pasivo | Josefina Hiriart Benavente | |||||
Sujeto Pasivo | Francesco Recher | |||||
Sujeto Pasivo | Daniela Toro | |||||
Sujeto Pasivo | Ramón Aranda | |||||
2025-05-22 15:00:00-04 | AH013AW1839496 | Sujeto Pasivo | Álvaro Parra | Abogado representante de la empresa deudora consulta sobre instrucciones emitidas al Veedor del procedimiento en orden a documentación contable que no habría sido puesta a disposición del procedimiento. Consulta particularmente por los Oficios Superir N.° 5057 y 7505, de abril y mayo de 2025, respectivamente. Se dan directrices sobre la documentación contable que como empresa deudora debe poner a disposición del veedor y de los acreedores y se explica que el procedimiento se enmarca dentro de la fiscalización sustentada en el Instructivo 3 de 2024 que imparte instrucciones a veedores respecto del informe de viabilidad contenido en el artículo 57, numeral 8 de la Ley 20.720. |
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Sujeto Pasivo | Ramón Aranda | |||||
2025-05-15 12:10:00-04 | AH013AW1828855 | Sujeto Pasivo | Diego Abogabir | El requerimiento se efectúa por representantes de Kimura Commodity Trade Finance Limited, a consecuencia del proceso de venta de la Unidad Económica de la empresa deudora en el Procedimiento Concursal de Liquidación de Minera Tres Valles. Se expusieron los hechos relativos a la votación del acuerdo que aprobó la compra directa en virtud de la oferta presentada por CMTV por $12.093.128.238. Se hizo presente el incumplimiento dentro de plazo de la condición esencial del pago del precio. Pese a este incumplimiento y existiendo una oferta de compra directa presentada por Thomson and French por US$75MM y aceptada por el liquidador Tomás Andrews y habiendo percibido parte del precio por parte de dicho oferente, los requirentes informan que el liquidador firmó la compra venta con CMTV el 21 de marzo de 2025. Se informaron las gestiones efectuadas por los solicitantes, como una solicitud de remoción y una querella presentada contra el liquidador y requirieron se ejercieran las facultades fiscalizadoras de este Servicio detenta en el artículo 337 de la Ley N.° 20.720. La Superintendencia informa que se evaluarían los antecedentes, los cuales fueron además acompañados por ingreso al correo de oficina de partes, por lo que se informará a Kimura Commodity Trade Finance Limited, el resultado del ejercicio de las facultades fiscalizadoras de la Superintendencia. Asitió también a esta audiencia la Encargada de la Unidad Legal y Normativa, doña Daniela Toro Cortés. Se da término a la audiencia. |
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Sujeto Pasivo | Maximiliano Silva | |||||
Sujeto Pasivo | Daniela Toro |