Identificador |
AL003AW1473923 |
Fecha |
2023-12-18 12:00:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Agustinas N°1253, piso 10. |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
---|---|---|---|
Gloria Flores | Gestor de intereses | fenassap | |
Usiel Valderrama Becerra | Gestor de intereses | fenassap | |
Natalia Mesías | Gestor de intereses | fenassap | |
NOR JIMENA CASTRO SALDIAS | Gestor de intereses | fenassap | |
Evelyn Rodríguez | Gestor de intereses | fenassap | |
Juan Vera | Gestor de intereses | fenassap | |
Nicole Corveleyn | Gestor de intereses | Fenassap | |
MAURICIO SOTO GAETE | Gestor de intereses | fenassap |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
1) La Federación plantea que se ha detectado que algunas clínicas están modificando el tope de la jornada ordinaria, rebajándola a 42 horas, sin contar con la intervención de las organizaciones sindicales y sin respetar las normas de jornadas y descanso. Incluso alterando jornadas excepcionales de distribución de jornadas y descansos (elimina cuarto turno)<br /> 2) Expone la situación puntual de la empresa TISAL empresa de soporte tecnológico que mantiene en función la actividad de las clínicas, donde no se les otorgó a los trabajadores el descanso reparatorio de Ley N° 21.530.<br /> Luego del dictamen de esta Dirección, la empresa le dio descanso a algunos trabajadores por lo que se interpuso denuncia en Inspección, la que cursó la sanción administrativa correspondiente. <br /> La empresa judicializó la resolución de multa bajo el Rit I-562-2023 causa que se encuentra suspendida por la interposición de un recurso de inconstitucionalidad del artículo 1° de laye N° 21.530.<br /> 3) Explica que luego de la emisión del Ordinario N° 1279 de 13.10.2023 el que se excluye del descanso a quienes prestaron servicios durante la pandemia en clínicas oftalmológicas y odontológicas, no obstante, haberse encontrado abiertas esas instituciones de salud.<br /> Solicitan se considere la reconsideración del ordinario.<br /> 4) Consultan acerca de las empresas que no tienen derecho al descanso reparatorio, no obstante, el empleador lo hubiera otorgado total o parcialmente, corresponde el descuento de los días?, en la afirmativa, como se procederá al descuento, en un solo mes o parcelado.<br /> Intervención del Director del Trabajo:<br /> - Respecto de la reclamación de la multa se revisará (se encuentra suspendida por la interposición de un recurso de inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley 21.539)<br /> - Se comprometió respuesta acerca de la procedencia de los descuentos de remuneraciones y de la reconsideración del Ordinario N° 1279, de 13.10.2023.<br /> - Revisión de la jornada excepcional de las clínicas. |