Identificador |
AL003AW1880611 |
Fecha |
2025-08-07 15:30:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Agustinas 1253 piso 8 oficina 805 |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Isolina Acosta | Gestor de intereses | Federacion de trabajadores de Chile Clotario Blest | |
Galo Quintanilla | Gestor de intereses | Sindicato Sintrac 3 | |
Jorge Cepeda | Gestor de intereses | Sindicato Sintrac 3 | |
Matías Negrete | Gestor de intereses | sindicato sintrac 3 |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
El año 2022 el Contralor Bermúdez a través de Dictamen 173.171 señala la necesidad de “reinterpretar” las normas legales que habilitan la contratación de honorarios en el Estado. Lo anterior basando en las repetidas jurisprudencias emanada de los Tribunales del Estado. En lo central, señala: “De lo anterior se observa que mientras respecto del sector privado se ha entendido que el Código del Trabajo soluciona los casos de quienes nominalmente son contratados a honorarios, pero en el hecho reúnen las condiciones de trabajadores, haciendo prevalecer la realidad de la relación laboral, no ha existido en la Administración del Estado una protección similar en relación con quienes han celebrado con ella un convenio a honorarios para la realización de tareas en condiciones análogas a las desempeñadas por los funcionarios de planta o a contrata”. Continua señalando que “el estándar fijado por el Estado para proteger a los trabajadores sea distinto en el ámbito privado y en el sector público, evidenciándose una diferencia injustificada expresada en la sobreutilización del mecanismo del contrato a honorarios en los organismos de la Administración, con la consiguiente precarización de los derechos de esos servidores". Como organización sindical, el Sintrac ha denunciado que son miles los trabajadores que pese a tener subordinación y dependencia siguen bajo el “subterfugio” de un Contrato a honorarios. Por ello nos parece que frente a esta situación, se requiere con urgencia:1° Plan a Nacional de Fiscalización de Trabajadores Honorarios del Estado, que sea encabezado por la Dirección nacional de Fiscalización 2° Instructivo desde el Ejecutivo que oriente al cumplimiento inmediato de normas laborales mínimas para trabajadores honorarios del estado. Tales como: vacaciones, derechos maternidad, licencias médicas, 40 horas.3° Dirección del Trabajo facilite el ingreso de denuncias por despido injustificado de trabajadores honorarios del Estado, en las oficinas como en web. |