Identificador |
AO005AW1747273 |
Fecha |
2025-02-06 09:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Id. de reunión: 291 005 925 104 Código de acceso: ke3cS3C5 |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Nancy Araneda | Gestor de intereses | Laboratorio Chile S.A. | Laboratorio Chile S.A. |
José Cárdenas | Gestor de intereses | Laboratorio Chile S.A. | Laboratorio Chile S.A. |
Carolina Gomez Mantovani | Gestor de intereses | Laboratorio Chile S.A. | |
Carlos Bravo |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Debido a situación crítica que se nos ha generado relacionada con la “no evaluación de exenciones de calidad”, solicitamos audiencia para presentarles nuestra situación y plan de trabajo asociado.<br /> Laboratorio Chile recibió respuesta a consulta SIAC N° AO005W0068291 donde se nos señaló que “Por órdenes superiores no estamos evaluando exenciones de calidad”, posteriormente nos reunimos en audiencia AO005AW1722526 del 10-12-2024 con Jefe SD Registro Sanitario de Productos Farmacéuticos Bioequivalentes, quien nos reiteró que la medida obedece a una instrucción superior y que salvo algunos casos respaldados por el Ministerio de Salud, estás exenciones podrían ser aprobadas.<br /> <br /> Nuestra preocupación es que no en todos los casos las técnicas pueden ser implementadas y en otros debe realizarse valuación de factibilidad y TMA, lo que podría provocar escasez de medicamentos para las personas en Chile, generando finalmente un problema de acceso a medicamentos. Nos parece importante comentar acerca de las razones para solicitar las exenciones, lo que da contexto, además de compartir el plan de trabajo, en el que venimos trabajando.<br /> <br /> ACTA<br /> DESARROLLO:<br /> Usuario solicita conocer criterios para la evaluación de solicitudes de eximición de control de calidad local de productos importados.<br /> ISP informa que la reglamentación vigente contempla solo 2 causales y que cuando hay dificultades con la técnica y/o equipos para picar la técnica,<br /> es responsabilidad de la empresa importadora encontrar la solución.<br /> Se informa además, que el ISP evalúa caso a caso las solicitudes, revisando la fundamentación presentada por el solicitante.<br /> Por último, se informa que el ISP estudiará la incorporación de otros criterios en la reglamentación que regula la materia |