Audiencias - Año 2025 - María Miranda

1. Información General

Identificador

AR006AW1966785

Fecha

2025-10-14 10:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

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Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
liliana garrido Gestor de intereses liliana Garrido

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Estimados (as)<br /> <br /> Para ejecución de proyecto Conexión Vial Ruta 78 hasta Ruta 68, el cual cuenta con Resolución de Calificación Ambiental N°202513001106 del 14 de marzo 2025, debemos ejecutar el PAS 146, y es en virtud de esta es que necesitamos aclarar algunas dudas en la ejecución y en lo que fue aprobado en el PAS.<br /> <br /> saludos cordiales<br /> Liliana<br /> <br /> - Se informa que el Jefe(S) de División no puede participar en la reunión y se acepta la incorporación a la reunión del Sr. Felipe Rodríguez.<br /> <br /> - Los representantes del proyecto “Conexión Vial Ruta 78 hasta Ruta 68”, correspondiente a la RCA N°202513001106 de fecha 14 de marzo de 2025, informan que deben ejecutar el PAS 146, el cual contempla la captura y relocalización de ocho individuos de Grammostola rosea en la quebrada de La Plata, comuna de Maipú. Sin embargo, la nueva administración del área no autorizará la liberación en el sitio originalmente comprometido.<br /> <br /> Por este motivo, se consulta al SAG si es posible modificar el lugar de relocalización dentro del ámbito sectorial, sin necesidad de involucrar al SEA ni realizar una modificación de la RCA.<br /> <br /> - El SAG explica que el Permiso de captura y relocalización en el marco de una RCA debe otorgarse conforme los antecedentes técnicos y ambientales, que se otorgó el PAS 146 durante el proceso de evaluación ambiental.<br /> <br /> - En consideración a la situación que Plantea el titular, se indica que, si se solicita el permiso Sectorial con modificaciones, es decir, que no fueron las originales por la cual se otorgó el PAS 146, el SAG no puede otorgar dicho permiso.<br /> <br /> - En dicho caso, el permiso de captura y relocalización de individuos corresponde a un permiso con fines de investigación científica y aplica el criterio establecido por la Ley de Caza, cuyos requisitos son más exigentes, ya que se requiere estudios de poblaciones del sitio de relocalización.