Audiencias - Año 2025 - Igor Valdebenito

1. Información General

Identificador

AW002AW1835864

Fecha

2025-06-04 11:00:00-04

Forma

Videoconferencia

Lugar

Se realizará audiencia Lobby en la plataforma Microsoft Teams, se enviará cita y enlace para conexión, a los correos electrónicos indicados en esta solicitud, saludos.

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Juan Carlos Domínguez Gestor de intereses EXPOCARNES Asociación Gremial de Productores de Cerdos de Chile - ASPROCER
Daniela Álvarez
Juan Urrutia
Renzo Augusto Boccanegra Pelayo

3. Materias Tratadas

Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Audiencia:<br /> Representantes de ASPROCER, exponen los puntos señalados en su carta ingresada a oficina de partes del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) con fecha 17 de abril de 2025, referida a la implementación del Decreto Supremo N°9/23 del MMA. <br /> Por parte del Ministerio se le explica que están en conocimiento del contenido de la carta y se responderá oficialmente. Adicionalmente se informa que se oficiará a la SMA para que aborde las inquietudes planteadas de su competencia y dé repuesta directa a la Asociación. <br /> Participan de MMA. <br /> • Igor Valdebenito <br /> • Tamara Araya<br /> • Daniela Caimanque <br /> <br /> <br /> <br /> Solicitud: <br /> Norma de Emisión de Olores DS 9/2023<br /> Carta PRE-ASP 010-2025 con fecha 16/04/2025 a la Ministra María Heloisa Rojas<br /> "De nuestra consideración y en mi calidad de Presidente de la Asociación Gremial de Productores de Cerdos de Chile (ASPROCER), la cual representa al 96% de las empresas productoras de cerdos en Chile y cuarto sector exportador de alimentos de nuestro país, me es muy grato saludarle y junto con ello reiterar nuestro compromiso con el cumplimiento de los objetivos de la norma de emisión en referencia, la cual, se constituyó en febrero de 2023 como la primera norma de este tipo en el país, siendo a la fecha la única norma que regula olores compuestos en el territorio. <br /> Sin dudas esta regulación no sólo contribuye a dar certezas a las partes, sino que permite la sostenibilidad en el largo plazo de nuestras empresas socias, mejorando también la calidad de vida de las comunidades circundantes. Sin embargo, habiendo transcurrido ya dos años de su puesta en marcha, quisiéramos compartir con Usted algunas dudas e inquietudes que que han surgido entre nuestros asociados y que a nuestro juicio resultan fundamentales para una adecuada y eficaz implementación.<br /> En primer lugar, destacar que el plazo para que los planteles existentes ajusten sus emisiones al límite establecido vence el próximo 6 de febrero de 2027. Con todo, a la fecha observamos que aún los planteles no cuentan con la resolución que establezca las Tasas de Emisión de Olores (TEO) iniciales y de cumplimiento, pese a haber sido enviado el “Reporte de Inicio” en febrero de 2024, conforme lo establecía la regulación en el artículo 11 del decreto en cuestión. Entendemos la complejidad del proceso de análisis y por ello agradecemos enormemente sus gestiones para que mediante su intermediación nos sea posible obtener cualquier adelanto en la información o resolución que la Superintendencia pueda facilitarnos en esta materia, a fin de planificar adecuadamente nuestras inversiones y obras de adaptación.