Identificador |
AW004AW0832711 |
Fecha |
2020-04-28 11:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
teams |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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José Ruiz | Gestor de intereses | Aerovías Dap | Kevin W Hodder |
Mauricio Kusanovic | Gestor de intereses | Asociacion Gremial de Hoteleros y Servicios Turisticos de Torres del Paine | Kevin W Hodder |
Kevin Hodder | Gestor de intereses | Kevin Hoddar | |
Wesley Espinoza | Gestor de intereses | Kevin Hodder |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Los solicitantes informan sobre actividad deportiva Eco Challenge que se proyecta realizar el año 2021 y en qué parte de su trazado se desarrolla dentro del Parque Nacional Torres del Payne. Al respecto, informan detalladamente las características del proyecto, número de participantes, logística, producción televisiva y la trayectoria e historia de la competencia, así como los compromisos y altos estándares ambientales con que ella se ha desarrollado históricamente, contando con un exigente Plan de gestión Ambiental, que involucra acciones previas y posteriores a la carrera. Informan igualmente las coordinaciones que ya se han hecho con otras autoridades como Sernatur y Conaf, entre otras. Apoyan y complementan lo expuesto, mediante una presentación en ppt.<br /> <br /> Posteriormente, los solicitantes consultan sobre los trámites, autorizaciones y requisitos ambientales necesarios para el desarrollo de la actividad, ante lo cual el Director Regional les informa que las actividades a desarrollarse en Parques Nacionales y áreas protegidas en general, requieren someterse a evaluación de impacto ambiental en conformidad a lo dispuesto en la letra p) del artículo 10 de la Ley 19.300, siempre que la evaluación ambiental se justifique,en base a las características de la actividad o proyecto y a la susceptibilidad de provocar impactos ambientales que ameriten ser objeto de evaluación. Agrega que, si lo requieren, pueden requerir un pronunciamiento formal del SEA a través de la presentación de una consulta de pertinencia de ingreso al SEIA de la actividad, la que debe explicar detalladamente los alcances y características de la misma y acompañar los demás antecedentes que permitan ponderar y emitir un pronunciamiento fundado. Señala que, en caso de concluirse que la actividad requiere ingreso al SEIA, deberán ingresar un proyecto sea mediante Declaración o Estudio de Impacto Ambiental. Se les explica los tiempos aproximados que requiere la tramitación tanto de una consulta de pertinencia como de una Declaración de Impacto Ambiental. |