Pamela Soza - Audiencias

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2026-04-16 12:00:00-04 AJ011AW2137817 Sujeto Pasivo Luis Marcelo Galvez Astudillo Solicita información. sobre alcances y propuesta de solución con relación a la Resolución Exenta N2026 PA 130265 de fecha 03022026.

En una reunión iniciada a las 12:05, el sostenedor expone que en 2019, al realizar una rendición, se detectaron deudas de arrastre, lo que considera improbable, ya que el establecimiento no podría haber seguido funcionando de ser efectivo. Señala dificultades para regularizar la situación, dado que no puede obtener facturas de años anteriores ni destinar recursos actuales para cubrir saldos no acreditados.

Consulta sobre la posibilidad de transferir la calidad de sostenedor a un tercero, advirtiendo que, de no ser viable, evaluaría cerrar el establecimiento ante eventuales sanciones como la pérdida de subvención o inhabilitación.

Se le informa que el recurso de reclamación está siendo resuelto por la unidad correspondiente, en el marco de un procedimiento administrativo sancionatorio aún pendiente. Además, reconoce que en la rendición de 2017 hubo un error al ingresar datos, sumando recursos de distintos colegios.

Respecto a gestiones previas, indica que solo ha solicitado rectificaciones en respuestas a cargos. Se le explica que el proceso sancionatorio no analiza el origen de los saldos, sino su disponibilidad, y que esto es distinto a los procesos de rectificación realizados por la autoridad, los cuales han sido múltiples. Se le recomienda revisar la circular 89 y eventualmente solicitar una rectificación especial, con claridad sobre los periodos y montos involucrados, así como la posibilidad de solicitar audiencia de lobby.

También se aclara que no está permitida la transferencia de la calidad de sostenedor, y que, en caso de cierre, se determinarán los saldos finales de subvención para su restitución al Ministerio de Educación.

Finalmente, se informa que el plazo legal para resolver el procedimiento es de dos años (hasta septiembre de 2027), y que los efectos de la resolución quedan suspendidos mientras se resuelve la reclamación. Se deja constancia de que el establecimiento cuenta con convenio SEP.
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Sujeto Pasivo CARMEN CORINA RAMÍREZ RAMÍREZ
2026-03-17 12:00:00-03 AJ011AW2098845 Sujeto Pasivo Sandra Urrutia Resoluciones administrativas dictadas por la Superintendencia que provocan un perjuicio economico al colegio que represento

Resumen audiencia 17/03/2026
La audiencia se realizó entre las 12:00 y las 12:35 horas con representantes de la entidad sostenedora, quienes expusieron su preocupación por tres procesos administrativos sancionatorios que afectan a dos de sus establecimientos debido al alto monto de las multas.
Detallaron cada caso y señalaron haber seguido orientaciones previas del Director Regional para presentar recursos (revisión y reclamación), los cuales aún están pendientes o en plazo. Indicaron que no obtuvieron resultados favorables y cuestionaron los procesos de fiscalización, alegando incumplimientos no exigibles, falta de certeza jurídica y ausencia de respuesta sobre la suspensión de multas.
La Fiscal (S) aclaró aspectos sobre los recursos y explicó que las multas se envían a cobro una vez finalizado el proceso administrativo, sin suspenderse por recursos judiciales, salvo orden de no innovar. Además, indicó que pueden aportar antecedentes adicionales en sus recursos.
Finalmente, ante la denuncia de cobros dentro de plazo para reclamar, se solicitó a la entidad remitir las actas de fiscalización para revisar la situación.
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2026-03-10 12:00:00-03 AJ011AW2106768 Sujeto Pasivo María Cárdenas Solicité una entrevista con la Srta. Johanna Cortes Plaza abogada Fiscal Regional Metropolitana por Res. Ex. 0400 del 23 de febrero de 2026 0408 0409 0410 0411 del 24 de febrero de 2026 por Aula Segura que establece multas al colegio que dirijo y señala en todas ellas que respuesta fue enviada fuera de plazo.

El lunes 31 de marzo explique mediante correo la situación particular que me afectó al inicio del año 2025 y que me llevó a no cumplir con los plazos dados por la Superintendencia ante Formulación de Cargos y presentación de Recursos de Reclamación.

Recibí su respuesta el martes 01 de abril que resultó ser favorable y que si se considerarían los antecedentes aun estando fuera de plazo pero que enviara las respuestas de igual manera incluyo en este correo el hilo del mail enviado y procedí a enviar todas las causas pendientes incluyendo siempre en hilo de correo la solicitud y su respuesta.

Grande fue mi sorpresa entonces este año al recibir las Res. Ex. con multas y aludiendo a los plazos y más aún que todas estas serán descontadas este mes ocasionando una grave merma al colegio. Debido a esto es que solicito esta entrevista.

Al solicitar audiencia el día de hoy con la señorita Johanna la respuesta fue
Junto con saludar se informa que ha cesado la competencia regional para pronunciarse al respecto. Por tanto se rechaza la solicitud de reunión.
Asimismo se informa que la funcionaria individualizada ya no pertenece a este servicio.

Finalmente se informa que si desea reunión con el Jefe de la División Jurídica debe solicitar dicha accediendo a Ley del Lobby



Resumen de audiencia 10/03/2026
Se realiza una audiencia entre las 12:00 y 12:17 horas con la participación de María Beatriz Cárdenas, representante de la Corporación Educacional Balmaceda. La compareciente explica que actuó conforme a los procedimientos de Aula Segura y participó en el proceso sancionatorio, pero no logró presentar los recursos de reclamación dentro de plazo debido a situaciones personales. Señala que solicitó una ampliación del plazo a la fiscal, la cual habría sido aceptada, aunque posteriormente las reclamaciones fueron declaradas extemporáneas.
La Fiscal (S) aclara que la normativa establece un plazo de 15 días para reclamar, con posibles prórrogas solo hasta la mitad de ese plazo, por lo que las solicitudes habrían sido presentadas fuera del marco legal. Como alternativas, se le indica la posibilidad de recurrir judicialmente ante la Corte de Apelaciones según la Ley N° 20.529, o evaluar recursos extraordinarios conforme a la Ley N° 19.880, en casos específicos. La compareciente manifiesta su preocupación por el impacto de las sanciones y su interés en reabrir los casos.
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